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Pago de salarios y jubilaciones en Argentina.

Introducción

¿Conviene bajar los estándares de seguridad y formalidad institucional exigidos actualmente?

Hasta mediados la década de 1990 los salarios y jubilaciones se pagaban en moneda nacional en efectivo, tal como lo disponía la legislación. Para esa época, en un contexto de creciente bancarización y expansión de los medios electrónicos de pago, el BCRA promovió un cambio en la Ley de Contrato de Trabajo, para permitir que los sueldos se paguen en cuentas bancarias. Se dispuso entonces que “las remuneraciones en dinero debidas al trabajador deberán pagarse … mediante la acreditación en cuenta abierta a su nombre en entidad bancaria …”. Este mismo principio se aplicó también a los pagos de las jubilaciones y pensiones.

En los últimos años representantes de billeteras virtuales vienen pidiendo que se les permita ofrecer el servicio de “cuentas sueldo” y “jubilaciones”, pero sin estar regulados ni supervisados por el BCRA, ni ofrecer garantía sobre los fondos que reciban o se depositen en cuentas virtuales.

Si bien esto beneficiaría el negocio de las billeteras virtuales sería a costa de un mayor riesgo para los empleados y jubilados, contingencias para el Estado, afectación a la generación de crédito para empresas y personas y mayor riesgo sistémico.

Cabe mencionar que en el esquema actual los trabajadores y jubilados tienen la libertad transferir (a su propio riego), sin cargo y en forma simple sus fondos a la billetera o institución que desee, inmediatamente después de cobrar sus haberes. Tambien es de destacar las cuentas de pago de sueldos y jubilaciones son totalmente gratuitas para sus titulares y que, como existe una fuerte competencia, la totalidad de los bancos pujan por lograr la preferencia de los trabajadores y jubilados, lo que se traduce en importantes beneficios y promociones.

A continuación de describen, brevemente, las principales razones que fundamentan que el pago de salarios debe hacerse en instituciones autorizadas y supervisadas por el BCRA.

Fundamentos para el pago de salarios y jubilaciones en el sistema financiero formal y regulado.

  1. Seguridad para los asalariados y jubilados. Solo las entidades financieras pueden ofrecer seguridad y garantía absoluta a los fondos recibidos por los asalariados. Las billeteras virtuales no pueden ofrecer ese nivel de seguridad, transparencia e integridad técnica. Los bancos están sujetos a regulación prudencial (local -BCRA- e internacional -Basilea-) y a la supervisión del BCRA, operan en el marco de la Red de Seguridad Financiera y aportan a un sistema de garantía de depósitos. Además, los directivos y entidades financieras son autorizados a ejercer sus roles por el BCRA a partir de una evaluación del cumplimiento de estándares de idoneidad técnica, económica y moral. Casos recientes como Wenance o Sur Finanzas ponen de manifiesto la importancia de la autorización previa y supervisión posterior y continua por parte del BCRA.
    La experiencia en materia de pagos de salarios y jubilaciones es impecable. En las últimas tres décadas ni un solo asalariado o jubilado tuvo pérdida o demora alguna sobre sus haberes, a pesar de las crisis por las que pasó la economía argentina (default, corralito, corralón, cepo, reperfilamiento, pandemia, etc.). El sistema demostró ser eficaz aún en las peores situaciones de estrés.
  2. Reducción del crédito a personas y empresas. Cuando los fondos o depósitos de las personas se pasan del sistema financiero a las billeteras virtuales, se reduce la capacidad de generar préstamos para la economía en su conjunto. Las billeteras concentran casi la totalidad de los fondos que reciben de sus clientes en Fondos Comunes de Inversión (FCI) -así lo publicitan- y cuando esos fondos vuelven a los bancos, lo hacen como fondos institucionales, no aptos para préstamos a mediano y largo plazo. Es decir, cuando los fondos son “intermediados” por las billeteras virtuales, dejan de ser de la gente y se transforman en fondos institucionales que -pese a ser depositados en el sistema bancario- ya no se pueden utilizar para financiar préstamos, porque adquieren el carácter de fondos institucionales, que por definición son volátiles. En ese orden, las normas de liquidez del BCRA (LCR) exigen a los bancos que tengan un coeficiente de liquidez del 100 % sobre los fondos provenientes de las billeteras a través de los FCI porque son considerados inestables.
  3. Estabilidad sistémica. El pago de salarios y jubilaciones por fuera del sistema bancario aumenta el volumen de captación de ahorro periférico o ajeno al sistema formal y regulado, generando lo que se conoce como “banca en las sombras” o banca paralela. Conforme aumentan los volúmenes intermediados por fuera del sistema financiero, aumenta el riesgo sistémico (por ejemplo, lo ocurrido en la crisis “sub prime” de EEUU 2006-2008). Hoy los fondos de ahorro que se canalizan en la periferia del sistema financiero ya superan los 5 billones de pesos, sin regulación ni supervisión prudencial. Cuanto mayor sea la proporción de la banca paralela, mayores son los riesgos para la estabilidad financiera del país; hay abundante bibliografía sobre la materia.
  4. Libertad y gratuidad para los asalariados y jubilados. Una vez recibidos los fondos en una cuenta segura, los asalariados tienen la LIBERTAD de enviar -a SU RIESGO- la totalidad o parte de su dinero a una billetera virtual, Alyc u otra institución, si así lo decide; no tienen ninguna restricción. Además, las cuentas sueldo y previsionales son totalmente gratuitas y sin ningún costo para sus beneficiarios, porque así lo dispone la ley.
  5. Competencia. El mercado de cuentas sueldo y de pago de jubilaciones es sumamente competitivo. Los bancos diariamente compiten para lograr ser elegidos por los asalariados y jubilados. Esto se traduce en buenos servicios, beneficios y promociones para los clientes. No hay un argumento de falta de competencia que avale el pago de salarios o prestaciones en entidades de menor calidad crediticia o con menor nivel de institucionalidad.

Conclusiones.

El sistema de pagos de salarios y jubilaciones en entidades con autorización y supervisión bancaria ha sido una de las pocas políticas de Estado exitosas que ha tenido nuestro país. Demostró su fortaleza aún durante las crisis que ha debido enfrentar nuestro país las últimas tres décadas. El nivel de servicios para los usuarios es excelente, además de gratuito.

Por lo dicho precedentemente, en línea con la legislación vigente y las mejores prácticas internacionales, es conveniente que los salarios, jubilaciones y prestaciones sociales se abonen dentro del sistema bancario formal. No se observan beneficios -pero si costos y riesgos- de bajar el nivel de formalidad y exigencias para las entidades que tienen la responsabilidad de velar por el pago y seguridad de sueldos y jubilaciones.

Por último, quienes promueven relajar las condiciones para el pago de salarios y jubilaciones deben ser conscientes que dicha decisión expone a los trabajadores y jubilados al riesgo de perder sus haberes, en casos de que la billetera en la que cobren tenga dificultades o desmanejos económicos.

Asociación de Bancos Argentinos (ADEBA)

Asociación de Bancos de Argentina (ABA)

Asociación Bancos Públicos y Privados Argentinos (ABAPPRA)


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