El Banco de Córdoba renueva su compromiso con la Dirección General de Defensa del Consumidor de la Provincia de brindar tratamiento diferenciado a las consultas y gestiones realizadas por los denominados “consumidores hipervulnerables” en contexto de pandemia.
La emergencia sanitaria puso de relieve la necesidad de establecer mecanismos específicos de atención para estos grupos de personas que se encuentran en situaciones de vulnerabilidad por su edad, género, estado físico o mental, o por circunstancias sociales, económicas, étnicas y/o culturales.
Con el objetivo de acompañarlos en sus operaciones comerciales, BANCOR le otorga trato prioritario y expedito a las consultas de estos consumidores, prestando toda la colaboración posible para la adecuada y rápida resolución de sus gestiones. Además, para facilitarles la comunicación, responde a sus inquietudes con lenguaje accesible, claro, coloquial, conciso y entendible.
Mediante la Resolución 139/2020, la Secretaría de Comercio Interior del Ministerio de Desarrollo Productivo de la Nación, incorporó la figura del “consumidor hipervulnerable” dentro la Ley de Defensa del Consumidor (Ley 24240) priorizando los reclamos que involucren los derechos o intereses de niños, niñas y adolescentes; personas del colectivo LGBT+; mayores de 70 años; personas con discapacidad; migrantes o turistas; integrantes de comunidades de pueblos originarios y ruralidad; y residentes en barrios populares.
También son consideradas consumidores hipervulnerables las personas jurídicas sin fines de lucro que orienten sus objetos sociales a determinados colectivos; quienes acrediten situaciones de vulnerabilidad socio-económica como jubilados, pensionados, beneficiarios de asignaciones universales; monotributistas sociales; empleados del servicio doméstico; quienes perciben el seguro de desempleo; y titulares de una Pensión Vitalicia a Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.
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